[1]
Estudios Tributarios, C. de 2011. Tributación de las rentas acumuladas en el registro FUT con el impuesto único del 35% y la opción de reliquidar el Impuesto Global Complementario que tienen: el empresario individual, socio o accionista, de acuerdo al artículo 38 bis de la LIR. Revista de Estudios Tributarios. 4 (ago. 2011), pág. 245–252.